Atención y Servicios

Como ciudadano, usted tiene derecho a acceder a información completa y actualizada sobre la administración estatal, participar, opinar y comunicarse directamente con la entidad a través de un formulario en este portal electrónico accesible y sin restricciones de espacio.

Deberes y derechos de los ciudadanos y las autoridades 

De acuerdo con la Ley 1437 de 2011, Capítulo II, los derechos y deberes de los ciudadanos en su actuación frente a las autoridades, y de las autoridades en la prestación de la atención, son:

Derechos de los ciudadanos

  • Presentar peticiones en cualquier modalidad, verbal o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información y orientación acerca de los requisitos que las normas exijan. Estas actuaciones podrán realizarse por cualquier medio disponible en la entidad, aún por fuera de las horas de atención al público.
  • Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
  • Salvo reserva legal, obtener información de los registros y archivos públicos de acuerdo con la Constitución y las leyes.
  • Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto.
  • Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona.
  • Recibir atención especial y preferente si son discapacitados, niños, adolescentes, mujeres embarazadas o adultos mayores y, en general, personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de acuerdo con el artículo 13 de la Constitución Política.
  • Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas.
  • Formular alegaciones y aportar documentos u otras pruebas en cualquier actuación administrativa en la cual tengan interés, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades para decidir y a que estas le informen al interesado cuál ha sido el resultado de su participación ü Deberes de los ciudadanos
  • Cumplir la Constitución Política y las leyes.
  • Obrar conforme con al principio de buena fe, abstenerse de dilatar las actuaciones, y de hacer o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos o afirmaciones temerarias. Ejercer con responsabilidad sus derechos y, en consecuencia, abstenerse de insistir en solicitudes evidentemente improcedentes.
  • Observar un trato respetuoso con los servidores públicos.

Deberes del Instituto de Cultura

  • Tratar de manera respetuosa y considerada, así como atender diligentemente a todas las personas sin distinción.
  • Garantizar atención personal al público durante cuarenta horas a la semana en horarios que satisfagan las necesidades de los ciudadanos.
  • Atender a todas las personas que ingresen a las oficinas públicas dentro del horario de atención.
  • Establecer un sistema de turnos acorde con las necesidades del servicio y las nuevas tecnologías, para la atención ordenada de peticiones, quejas, denuncias o reclamos, sin perjuicio del trato prioritario debido a las personas en alguna situación particular.
  • Expedir, hacer visible y actualizar anualmente una carta de trato digno al usuario donde la respectiva autoridad especifique los derechos de los usuarios y los medios disponibles para garantizarlos.
  • Tramitar las peticiones que lleguen por fax o medios electrónicos, de acuerdo con el derecho a presentar peticiones y a obtener información y orientación.
  • Encargar a una dependencia especializada la función de atender quejas y orientar al público.
  • Adoptar medios tecnológicos para tramitar y resolver peticiones, y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dominen la tecnología respectiva.
  • Habilitar espacios idóneos para consultar expedientes y documentos, así como para atender cómoda y ordenadamente al público.

Ayudas para navegar en este sitio

Como ciudadano o ciudadana, usted tiene derecho a conocer la información sobre la administración de las instituciones del Estado y participar, opinar o debatir sobre los programas, proyectos, políticas, planes, presupuesto, contratos, contratistas, hojas de vida de los servidores públicos, funciones, informes, entre otras acciones e información de nuestra Entidad.

Usando este portal, tiene la oportunidad de quejarse y comunicarse directamente con la entidad a través de un formulario de fácil diligenciamiento. De igual manera, este portal, por ser un medio electrónico dinámico, no tiene restricciones de espacio, ofrece información oportuna, completa, actualizada, de fácil acceso y compresible para todos.

Lo invitamos a visitar el mapa de sitio  ubicado en la página oficial del El Instituto de Cultura cuenta con este espacio para disponer la información institucional a todos los interesados, promover la participación ciudadana y facilitar la interacción con los grupos de valor, por lo tanto, los invitamos a consultar el tema de su mayor interés en la información relacionada a continuación.

Mecanismos de contacto

Escrito

Se podrán radicar en forma física en la Carrera 30 N° 27-66 El Carmen de Viboral – Antioquia o a través de correo postal las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias por actos de corrupción.

Correos electrónicos

direccioninstitutocultura@alcaldiaelcarmen.gov.co
tecnicaacultura@alcaldiaelcarmen.gov.co Notificaciones Judiciales

Formulario PQRS

Ubicado en el portal http://www.culturaelcarmen.gov.co/pqr
Buzón de PQRS ubicado en la entrada principal del instituto

Presencial

Carrera 30 N° 27-66 el Carmen de Viboral – Antioquia Horarios de atención al público Oficina Administrativa de lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m - 2:00 pm a 6:00 pm y  Sábados de 8:00 am a 12:00 m.

Teléfono y Línea Anticorrupción

PBX (60+4) 543 20 97 y (60+4) 543 32 91, FAX ext.: 103 Línea Anticorrupción: PBX (60+4) 543 20 97 Ext: 105

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