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Control Social

En este espacio encuentras las herramientas e información necesarias para ejercer veeduría sobre la gestión cultural del Instituto. El control social fortalece la democracia, fomenta la vigilancia activa y promueve una cultura institucional basada en la corresponsabilidad.
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¿Qué es?

El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).

Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003.

Modalidades de control social

La ciudadanía puede ejercer control social sobre la gestión del Instituto de manera individual o colectiva mediante diferentes modalidades y mecanismos, entre ellos:

Veedurías ciudadanas.
Auditorías ciudadanas.
Juntas de vigilancia.
Instancias de participación ciudadana.
Organizaciones sociales y comunitarias.
Espacios de diálogo y rendición de cuentas.

Presentación de derechos de petición, observaciones, recomendaciones, quejas o denuncias relacionadas con la gestión pública.

Las veedurías ciudadanas pueden vigilar los procesos de planeación, la asignación y ejecución de los recursos, la contratación pública, el desarrollo de programas y proyectos y la calidad de los bienes o servicios entregados a la comunidad.

La constitución y el funcionamiento de las veedurías ciudadanas se encuentran regulados principalmente por la Ley 850 de 2003 y la Ley 1757 de 2015.

Documentación

Para facilitar el seguimiento ciudadano a la gestión institucional, el Instituto pone a disposición la siguiente información:

Convocatorias

Objeto de vigilancia

La ciudadanía puede realizar seguimiento a los planes, programas, proyectos, procesos contractuales, inversiones y demás actuaciones adelantadas por el Instituto de Cultura El Carmen de Viboral.

Para facilitar este ejercicio se encuentra disponible información sobre:

  • Planeación institucional y sectorial.
  • Plan Anual de Adquisiciones.
  • Presupuesto y ejecución presupuestal.
  • Contratación y ejecución contractual.
  • Programas y proyectos culturales.
  • Informes de gestión y rendición de cuentas.
  • Informes de control interno y auditoría.

Cuando se conforme una veeduría ciudadana o se adelante un ejercicio específico de control social, el Instituto publicará un resumen que identifique el objeto de vigilancia, su alcance, los recursos relacionados, el periodo de ejecución, los responsables y los principales documentos para su seguimiento.

Al 31 de julio de 2026, no se ha informado al Instituto sobre la constitución de una veeduría ciudadana con un objeto específico de vigilancia relacionado con sus programas, proyectos o contratos.

Informes interventoría

Los informes de supervisión o interventoría permiten conocer el avance técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico de los contratos celebrados por el Instituto.

Estos informes pueden consultarse dentro de los expedientes contractuales publicados en SECOP II, junto con las actas, informes de ejecución, documentos de pago, modificaciones, suspensiones, adiciones y demás soportes de cada contrato.

Consultar la ejecución de los contratos y los expedientes publicados en SECOP II.

Cuando un programa, proyecto o contrato sea objeto de una veeduría ciudadana específica, el Instituto podrá disponer en esta sección los enlaces directos a los respectivos informes de supervisión o interventoría.

Herramientas de evaluación

Registro observaciones veedurías

En esta sección se publicará el registro de las observaciones, recomendaciones o solicitudes presentadas formalmente por las veedurías ciudadanas relacionadas con la gestión del Instituto.

El registro incluirá, cuando corresponda:

  • Fecha de recepción.
  • Nombre de la veeduría.
  • Programa, proyecto o contrato observado.
  • Descripción general de la observación.
  • Dependencia responsable de atenderla.
  • Respuesta institucional.
  • Estado de la observación.

Al 31 de julio de 2026, no se han evidenciado observaciones formalmente radicadas por veedurías ciudadanas relacionadas con programas, proyectos o contratos ejecutados por el Instituto.

Cuando se reciban observaciones, estas serán registradas y publicadas respetando las normas sobre protección de datos personales, información clasificada y demás reservas legales.

Acciones de mejora

En este apartado se publicarán las acciones de mejora definidas por el Instituto como resultado de las observaciones, recomendaciones o hallazgos formulados durante los ejercicios de control social y veeduría ciudadana.

Cada acción de mejora deberá indicar:

  • Observación que la origina.
  • Acción o compromiso definido.
  • Dependencia responsable.
  • Fecha prevista de cumplimiento.
  • Estado de avance.
  • Resultado o evidencia de cumplimiento.

Al 31 de julio de 2026, no se han registrado acciones de mejora derivadas de observaciones presentadas por veedurías ciudadanas.

Cuando se formulen acciones de mejora, el Instituto publicará su avance y los resultados obtenidos, con el propósito de facilitar el seguimiento por parte de la ciudadanía.

Canales electrónicos
  • www.culturaelcarmen.gov.co
  • Formulario PQRSF
  • direccioninstitutocultura@
    alcaldiaelcarmen.gov.co
Atención presencial
Notificaciones judiciales

Dando cumplimiento al artículo 197 de la Ley 1437 de 2011, el Instituto de Cultura El Carmen de Viboral, dispone del correo electrónico para notificaciones judiciales:

notificacionesjudiciales@culturaelcarmen.gov.co

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